AIRES
Atento a una serie de versiones que se encuentran circulando en 10 que hace a Inscripciones y fundamentalmente Actualización de datos en el Registro de Marcas de Productores Apícolas, queremos aclarar 10 siguiente:
1.- En 10 que hace a inscripciones tanto en el REGISTRO DE MARCAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, como en el RENAPA (nacional), las planillas en vigencia son aquellas que ha distribuido el REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS Apícolas del Ministerio de Asuntos Agrarios entre las distintas Secretarias de Producción de toda la Provincia y en el caso del RENAPA, las que se hallan anexas a la Resolución SAGPyA N° 857/06, que se pueden obtener de la pagina web alimentos argentinos.
2.- Las actualizaciones de datos en las declaraciones juradas, se darán curso siempre y cuando los registros respectivos se hallen en vigencia a la fecha de presentación. Todos aquellos pedidos de actualización que se realicen sobre la base de registros vencidos, no serán tenidos en cuenta. En estos casos, el productor deberá renovar el registro, con la totalidad de la documentación y cánones que requieren las normas y no pedir su actualización.
3.- Para aquellos productores que aun no se hallen registrados y quieran dar inicio al trámite, para dar curso al mismo, deberán adjuntar toda la documentación que la norma legal vigente requiere. Ello se aclara en punto a que últimamente, debido alas posibles ayudas al sector, se ha registrado infinidad de pedidos de inscripción al registro, en donde el único documento ingresado resulta ser la planilla de RENAPA, con la cual no se podrá dar curso al trámite.
4.- Finalmente se informa que en el último mes, se ha registrado un aumento considerable en el ingreso de trámites al Registro Apícola. En estos momentos el promedio supera las 40 solicitudes diarias, lo cual ha generado alguna demora en la duración del circuito que cubre este trámite. Motivo por el cual y a los fines de mejorar tiempos, se aconseja, tramitar las solicitudes a través de las Secretarias Direcciones de Producción de los municipios.
ING. Miguel A. Musicco
REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS Apícolas MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS. TORRE I - PISO 6° - LA PLATA
TE 0221-429-5450 // 429-5200 - Interno 85204
Sres.
Apicultores, Entidades del Sector Apícola
y Medios de Difusión y Prensa.
Nos dirigimos a Uds. con el fin de poner en su conocimiento, que a raíz de la implementación del sistema de generación POR VÍA ELECTRÓNICA de las boletas de pago de TASAS y TIMBRADOS para acceder a los trámites de REGISTROS DE DISTINTOS ESTABLECIMIENTOS APÍCOLAS, paulatinamente pero en el menor lapso de tiempo posible, les solicitamos que las boletas de pago de estas tasas y timbrados, para estos rubros productivos, se generen a través de la página de Internet, http://www.maa.gba.gov.ar/, luego de lo cual con dichas boletas, el interesado, procederá al respectivo pago en la sucursal del banco (o Bapro Pagos en algunos casos) de la provincia de Buenos Aires más cercano a su domicilio.
El procedimiento a seguir es el siguiente:
1.- Ingresar a la página. http://www.maa.gba.gov.ar/ del MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
2.- En la presentación de la misma, más precisamente su encabezado, aparecen una serie de opciones, entre ellas la que dice “pagos”, picar en ella con el botón izquierdo del Mouse. Ver ejemplo:
3.- En esa ventana, a la izquierda de la misma “en rojo”, aparecerán todas las opciones disponibles para generar las boletas de pago.
Acuarios Comerciales y de Exhibición
Si desea reimprimir una boleta ya generada, haga click AQUI.
8.- Concluido el paso anterior y con ambas boletas ya impresas, se procederá a su pago en la sucursal del banco provincia más cercana al domicilio del contribuyente.
9.- En lo que refiere al ámbito de ESTABLECIMIENTOS APÍCOLAS, también para concluir con el ejemplo ya iniciado, en caso que el contribuyente requiera el trámite de habilitación de “Salas de Extracción, Fraccionamiento, Acopio y Depósito de Productos Apícolas”, se deberá realizar idéntico procedimiento que el ya descripto, con la siguiente variante; deberá primero, en la lista de trámites detallada a la izquierda de la pantalla, ingresar por;
“TASAS POR INSPECCION”
Luego, continuar en la lista que se abrirá también a su derecha por la opción;
Tasa inspección de establecimientos extractores de productos apícolas
En la opción detallada precedentemente, volver a picar con el Mouse y se verá aparecer un nuevo cuadro de opciones, ver ejemplo:
10.- Una vez concluida la operatoria del punto 9.- se procederá en idéntica forma que la detallada en los puntos 6, 7 y 8.- precedentes, con lo cual se terminará el proceso generando la respectiva boleta.
11.- Ello deberá, de ahora en más, acompañar a todo trámite referido a los siguientes registros:
INSCRIPCIÓN (NUEVA) AL REGISTRO PROVINCIAL DE MARCAS APÍCOLAS, Y RENAPA.
RENOVACIÓN DEL REGISTRO PROVINCIAL DE MARCAS APÍCOLAS,
INSPECCIÓN Y HABILITACIÓN DE SALAS DE EXTRACCIÓN DE MIEL,
INSPECCIÓN Y HABILITACIÓN DE SALAS DE FRACCIONAMIENTO, ACOPIO Y DEPÓSITO DE PRODUCTOS APÍCOLAS
Sabemos que todo esto implica cambios en el modo de operar tanto de Uds. como de nosotros, lo más probable es que este procedimiento, para los que no son usuarios permanentes de los sistemas informáticos, genere algún rechazo, para ello hemos informado a todas las secretarias y direcciones de producción a fin que estas se involucren y ayuden en la operatoria, que una vez realizada, se verá que es muy simple.
Al margen de ello esperamos que esto redunde en la posibilidad de un mejor servicio del ministerio y en la de poder constatar los pagos, por más que las boletas se puedan llegar a extraviar, asimismo revertir lo que se ha venido dando hasta el momento, que por el no uso de este sistema, la recaudación generada por estos registros, que no es poca, ha terminado en un sector de ingresos generales de la cuenta Fondo Agrario Provincial sin uso específico.
Ellos al ser imputados de esta forma, no han podido ser utilizados para atender al sector, muy por el contrario esto ha catalogado al área o sector Apícola, como de baja o nula recaudación por parte del fisco provincial, lo cual hoy nos genera más perjuicios de los esperados.
En la espera que este explicativo haya sido claro, por cualquier tipo de inconvenientes quedamos a vuestra disposición, en las direcciones, teléfonos y correos electrónicos que figuran al pie de la presente.
ING. MIGUEL A. MUSICCO
REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS APÍCOLAS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN PECUARIA Y ALIMENTARIA
MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS
TORRE I – PISO 6º
CALLE 12 ESQUINA 51
(1900) LA PLATA
TELEFAX 0221-429-5450
Correo Electrónico registrosdelmaa@yahoo.com.ar
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