Todo lo que debe saber
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La producción de miel argentina se destina casi en su totalidad (> 95%) al mercado de exportación. Por este motivo resulta muy importante conocer las exigencias de nuestros compradores y los trámites necesarios para lograr una exportación exitosa. A continuación se detallan los trámites que deben cumplimentarse en Argentina para comercializar la miel en el mercado internacional:
Algunos conceptos generales: La clasificación arancelaria de la miel dentro del sistema armonizado es 04090000 y su denominación es Miel natural.
Tratamiento arancelario de Argentina
CONCEPTO | Arancel |
Arancel Externo Común (AEC) | 18,5% |
Reintegro a las Exportaciones (RE) | 0% |
Tasa estadística | 5% |
Derecho de exportación (incluye miel fraccionada y a granel) | 10% |
Fuente: Nomenclador Arancelario
Toda la miel argentina a granel que se exporta se encuentra sujeta a los siguientes trámites generales, independientemente, del mercado de destino:
1 | Inscribirse como exportador en la Aduana |
2 | Inscribirse como exportador en SENASA. La Resolución del SENASA 492/01 establece las condiciones y los requisitos para la inscripción. |
3 | Contar con el establecimiento (depósito, sala de extracción, fraccionamiento) habilitado por el SENASA |
4 | Solicitar la autorización de exportación |
5 | Solicitar el certificado de exportación |
6 | Presentar el cumplido de embarque |
7 | Contar con el sistema de trazabilidad vigente |
8 | Presentar los resultados de los análisis del Plan CREHA |
En todos los casos que se exporte miel a granel, el SENASA ha puesto en funcionamiento en el año 1998 el Plan CREHA (Plan de control de residuos e higiene de alimentos). Tiene carácter obligatorio y los costos del mismo deben ser asumidos por el exportador.
La metodología es la siguiente: en depósito, personal de SENASA realiza un muestreo cada 250 Tn de miel exportada. En la planilla de muestreo se establecen los análisis que deben efectuarse pero NO debe figurar el laboratorio al que se deben remitir las muestras. Cada exportador debe realizar los análisis en un laboratorio oficial o que pertenezca a la red de Laboratorios del SENASA. El costo total estimado cada 250 Tn se encuentra cercano a los $ 2000 (*).
La Resolución SAGPyA Nº 125/1998 establece las acciones correctivas a llevar adelante en el caso de detectarse casos positivos de residuos en los alimentos que se analizan.
En materia de envases, las ventas del producto a granel deben regirse por la Resolución SAGPyA Nº 121/1998 en la cual se establecen las características que deben reunir los envases en los cuales se comercializa la miel.
Las empresas que provean los envases deben estar habilitadas por el SENASA; contar con la impresión sobrerelieve del Número de Resolución del SENASA que la habilita, y con una zona blanca planografiada donde se deberá pintar la identificación del productor primario (Número de RENAPA. Res.SAGPyA 283/01).
1 | INSCRIBIRSE COMO EXPORTADOR EN LA ADUANA
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| Necesita: · Tres ejemplares del Formulario OM-1228-E Declaración Jurada. Si el trámite no es realizado por el interesado, las firmas deberán estar autenticadas por un Escribano Público. · El Estatuto Social y/o Poder, si se trata de una Razón Social. · Copia del C.U.I.T. En la presentación deberá contar con el original, a efectos de que la Aduana certifique la copia. · Original y copia del último recibo de pago de Aportes Previsionales del que suscribe como exportador. El original será devuelto ante la presentación. |
2 | INSCRIBIRSE COMO EXPORTADOR EN EL SENASA |
| Requisitos: Deben retirarse los formularios correspondientes en la Coordinación de Importación/ Exportación de productos. Aquellas personas con domicilio en el interior del país podrán solicitar los formularios en las oficinas locales del SENASA, quienes serán los responsables de iniciar el trámite y remitir la documentación a SENASA Central. · Se debe presentar fotocopia de inscripción ante al DGI. · Fotocopia de inscripción ante la Dirección General de Aduanas. · Certificado policial original del domicilio real declarado y fotocopia del DNI (1º y 2º hoja: Personas físicas). · Fotocopia del contrato o Estatuto social inscripto en el órgano de control societario (Personas jurídicas). · Firmas de las personas autorizadas para realizar gestiones ante el SENASA. · Toda la documentación debe certificarse, excepto el certificado policial. El trámite solamente puede ser iniciado por el/los titulares y/o apoderados. Lugar de inicio del trámite: SENASA (Mesa de Entradas) - Paseo Colón 367 PB. El trámite demora alrededor de 96 hs. Retiro de formularios: Paseo Colón 379 PB (oficina a la calle). Tel: 011-3316041 al 49 int. 1029/ 1034 |
3 | HABILITACION DE ESTABLECIMIENTOS |
| Los exportadores deberán contar con el establecimiento (sala de extracción, depósito, o fraccionadora, dependiendo del caso) habilitado por el SENASA, o por lo menos iniciado el expediente. Excepto si el destino es Brasil, dado que las autoridades brasileñas exigen que el trámite de habilitación del establecimiento esté completo.
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4 | SOLICITUD DE LA AUTORIZACION DE EXPORTACION |
| El siguiente paso consiste en solicitar la autorización de exportación. La misma debe completarse por cuadruplicado.
menos de 1.000 kg: $ 30
La autorización tiene una validez de 45 días pero se puede solicitar una prórroga y se otorgan 30 días más para realizar la exportación. |
5 | SOLICITUD DEL CERTIFICADO DE EXPORTACIÓN |
| El paso que continúa es la solicitud del certificado de exportación. En este caso, el certificado difiere entre los distintos destinos dadas las exigencias impuestas por los países compradores.
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6 | PRESENTAR EL CUMPLIDO DE EMBARQUE |
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7 | TRAZABILIDAD |
| Todos los tambores que se comercialicen deben contar con la identificación correspondiente. Deben tener impreso en la zona planografiada blanca, el Número de RENAPA (Registro Nacional de Productores Apícolas, creado por la Resolución SAGPyA Nº 283/01). Este registro tiene carácter obligatorio y es gratuito. El trámite de inscripción puede realizarse en la SAGPyA o en las Areas de Agricultura de las provincias. Los tambores sin identificación NO pueden ser exportados. |
(*) Febrero de 2002
INFORMES |
SENASA Central: Paseo Colón 367
Tráfico Internacional: Paseo Colón 367 PB.
Coordinación de Establecimientos Láctes y Apícolas: Paseo Colón 367 6 º P.
SENASA. Laboratorio: Av. Fleming 1613. Martínez
SAGPyA. Dirección Nacional de Alimentación.
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PLAN CREHA: SUSTRATO MIEL
Se detallan los análisis requeridos para las exportaciones de miel. Los mismos se realizan cada 250 Tn de miel exportada.
Grupo de sustancias | Compuesto | Método Analítico | Nivel de acción
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ANTIBIOTICOS:
| Tetraciclina | HPLC | 100 |
Oxitetraciclina | HPLC | 100 | |
Clortetraciclina | HPLC | 100 | |
Tilosina | Tilosina | HPLC | 100 |
Estreptomicina | Estreptomicina | HPLC | 500 |
Sulfonamidas | | HPLC | 100 |
ANTIPARASITARIOS | Amitraz | CG | 200 |
Fluvalinato | CG - ECD | 10 | |
ELEMENTOS QUÍMICOS | Plomo | AA - VA | 500 |
PLAGUICIDAS CLORADOS | Hexaclorobenceno
| | 100 |
Mirex
| | 100 | |
Heptacloro + Heptacloroepóxido | | 50 | |
Lindano (Hexaclorociclo - hexano – isomero Gama) | CG - ECD | 100 | |
| α+β Clordano + Oxi-clordano | | 20 |
α+β Endosulfan sulfato | 50 | ||
DDT y metabolitos | 500 | ||
Metoxicloro | 400 | ||
PLAGUICIDAS FOSFORADOS | Diazinon | CG - FPD | 50 |
Bromofos
| 150 | ||
Clorfenvinfos | 40 | ||
Fenitrotión | 50 | ||
Clorpirifos | 10 | ||
Etion | 200 | ||
Cumafos | 100 | ||
Fention | 50 | ||
OTROS CONTAMINANTES | Fenol | HPLC | 300 |
Fuente: SENASA
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